Cada palabra
corre el riesgo de ser
ésa que sobra.

Sunday, September 17, 2017


Ninguna flor
fue, ni es, ni será nunca
la flor perfecta.

3 comments:

  1. Constitución de Francia, artículo 89: “Ningún procedimiento de revisión puede ser iniciado o llevado adelante cuando se refiera a laintegridad del territorio”.

    Constitución de Italia, artículo 126: “Se acordarán por decreto razonado del Presidente de la República la disolución del Consejo Regional y la remoción del Presidente de la Junta que hayan realizado actos contrarios a la Constitución o incurrido en violaciones graves de la ley”.

    Constitución de Alemania, artículo 21: “Son inconstitucionales los partidos que, según sus fines o según el comportamiento de sus adherentes, tiendan a trastornar o aponer en peligro la existencia de la República Federal de Alemania”.

    Constitución de Noruega, artículo 1: “El Reino de Noruega es un Estado libre, independiente,indivisible e inalienable”.

    Constitución de Bulgaria, artículo 3: “Ninguna parte del pueblo, ningún partido político u otra organización, institución estatal o individuo,usurpará el ejercicio de la soberanía popular”.

    Constitución de Suiza, artículo 53: “Toda modificación del número de cantones o de su estatus se someterá a laaprobación del electorado y de los cantones afectados, así como al voto del pueblo y de sus cantones”.

    Constitución de Lituania, artículo 3: “El pueblo y cada ciudadano tienen el derecho a oponerse a cualquier atentado por la fuerza contra la independencia, la integridad del territorio o el orden constitucional del Estado de Lituania”.

    Constitución de Estonia, artículo 2: “El territorio, las aguas territoriales y el espacio aéreo del Estado Estonio son un todo inseparable e indivisible”.

    Constitución de Brasil, artículo 1: “Brasil se constituye en un Estado social de derecho, unitario, indivisible y descentralizadoen la forma que establecen esta Constitución y las leyes”.

    Constitución de Rusia, artículo 4: “La Federación Rusa asegura laintegridad e inviolabilidad de su territorio”.

    Constitución de Perú, artículo 43: “La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible”.

    Corte Suprema de Estados Unidos: “La Constitución, en todas sus disposiciones, vela por una unión indestructiblecompuesta por estados indestructibles”.

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  2. Decididamente, la imperfección es otra variable en la incógnita de la individualidad.

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  3. Amigos, es verdad que estamos viviendo tiempos convulsos. Por desgracia, hay poca racionalidad en todo esto. Yo me declaro terrícola apátrida:

    Me gusta más
    el trapo de fregar
    que tu bandera.

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